Accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

4.4
(76)

Que es un accidente de trabajo ?

En Argentina, se considera accidente de trabajo, a todo acontecimiento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del operario y el lugar de trabajo, y que ocasiona un daño al empleado.

Que es una enfermedad profesional/laboral ?

Es una alteración de la salud, producida como consecuencia del trabajo o del ambiente laboral, que produce una incapacidad o el fallecimiento del trabajador.

Como debe procederse en caso de sufrir un accidente o enfermedad profesional ?

Debe comunicárselo inmediatamente a su empleador, el cual, por obligación legal debe informar el accidente o enfermedad a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) contratada.

En caso de que el empleador no denuncie el accidente o enfermedad a la ART, el trabajador puede efectuar directamente la denuncia ante la ART o en los prestadores médicos habilitados contratados por la ART.

La Aseguradora de Riesgos del Trabajo, deberá proporcionarle al trabajador un número de siniestro; caso contrario, debe efectuarse la denuncia ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, para que tome intervención en el asunto.

Cuáles son los derechos del empleado en caso de sufrir un accidente o enfermedad profesional ?

  • Conocer la ubicación de los centros de atención médica habilitados para atenderlo.
  • Dirigirse a su empleador, ART o centro médico habilitado, para solicitar atención médica.
  • Recibir de la ART en forma inmediata la asistencia médica, farmacológica, prótesis, ortopedia y rehabilitación hasta su curación completa o mientras duren los síntomas.
  • Ser trasladado -a costa de la ART- a los centros asistenciales correspondientes, mientras dure su tratamiento y cuando el médico tratante así lo indique por escrito en la historia clínica.
  • Recibir de su ART los pagos mensuales -prestaciones dinerarias- mientras no pueda trabajar, por el tiempo que corresponda (hasta el alta definitiva y con un período máximo de dos años), y en caso de existir una secuela permanente, recibir una indemnización para reparar el daño causado.
  • Recibir de su ART la capacitación para otra tarea en caso de no poder continuar con la que realizaba.

Qué sucede ante un accidente o enfermedad profesional, si el empleador no tiene contratada Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) ?

Si su empleador no tiene ART, en caso de accidente o enfermedad profesional, debe responder directamente, otorgándole las prestaciones médicas y dinerarias correspondientes.

Si el empleador, no dispone de patrimonio suficiente para ello (lo cual deberá probarse judicialmente), las prestaciones serán financiadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a través del Fondo de Garantía previsto en la Ley de Riesgos del Trabajo.

También, puede darse el caso de que el trabajador no se encuentre asegurado, y el empleador tenga contratada una ART para cubrir los siniestros de los demás empleados de la empresa. En ese caso, el trabajador afectado, puede denunciar el accidente o enfermedad a la ART y si el empleador, no niega la relación de trabajo, la ART deberá otorgar las prestaciones legales. Si, en este mismo caso, el empleador desconoce la relación laboral, el empleado debe accionar judicialmente contra la ART y contra el empleador, debiendo acreditar la producción del siniestro y relación laboral para justificar su reclamo.

Que sucede si la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) contratada por el empleador, rechaza el accidente o enfermedad denunciados y no quiere responder por los mismos o quiere otorgar una incapacidad menor a la padecida ?

En caso de que la ART rehúse hacerse cargo de las consecuencias del accidente de trabajo o enfermedad laboral padecida, o que niegue el carácter laboral de los mismos, o en caso de otorgarle el alta médica sin ninguna incapacidad, o con una incapacidad inferior a la real, debe asesorarse inmediatamente con un abogado laboralista a fin de encauzar el reclamo correspondiente para la reparación de los daños ocasionados.

Quién debe responder si me accidenté en el trayecto a mi trabajo en relación de dependencia ?

Este supuesto, es el denominado accidente “in itínere” o accidente “de trayecto”, en el cual el perjudicado, podrá reclamar una indemnización por accidente de trabajo a la A.R.T. contratada por su empleador y en el supuesto que el daño fuera causado por un tercero (por ejemplo, accidente de tránsito), podrá también reclamar del responsable la reparación de los daños y perjuicios que pudiere corresponderle de acuerdo con las normas civiles vigentes de las que se deducirá el valor de las prestaciones que haya percibido o deba percibir de la A.R.T.

Que es una comisión médica ?

Como primera noción, puede decirse que es un órgano estatal administrativo, cuyas principales funciones son las siguientes:

  • Determinar la naturaleza laboral de un accidente o enfermedad profesional producida en el marco de una relación de trabajo.
  • Determinar el carácter y grado de incapacidad padecida por el trabajador.
  • Determinar el contenido y alcance de las prestaciones en especie (asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia, rehabilitación, etc.).
  • Resolver las diferencias existentes entre las ART (Aseguradoras de Riesgo de Trabajo) y los trabajadores damnificados, respecto al porcentaje de incapacidad y/o al tratamiento otorgado.
  • Las comisiones médicas, están compuestas por un cuerpo de cinco médicos que son elegidos mediante concurso público.
  • Para visualizar más información sobre comisiones médicas: INGRESAR AQUÍ.

En que casos conviene contar con asesoramiento legal ?

Si bien es de recomendación que en todos los casos que sufra un siniestro laboral, cuente con asesoramiento jurídico adecuado, ello se torna mas importante, cuando han quedado secuelas permanentes derivadas del mismo, ya que en la mayoría de los eventos, se puede pretender reclamar un monto mayor al asignado por la ART como reparación del daño causado.

Asimismo, no debe perderse de vista que en muchos casos, los trabajadores accidentados o enfermos, son víctimas de despidos discriminatorios o de persecución laboral por parte de los empleadores, por lo que aquí también aparece el asesoramiento letrado como un pilar fundamental en resguardo de la dignidad del trabajador y sus derechos tutelados constitucionalmente.

No dude en consultarnos. Asesórese y haga valer sus derechos.

Indemnización por Accidente de Trabajo.

Ir a información al respecto

Trámites en Comisiones Médicas.

Ir a información al respecto

Página de Factores de Ponderación.

Ir a información al respecto

? LICENCIA POR ENFERMEDAD INCULPABLE , EL DESPIDO , EL JUICIO LABORAL , INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO SIN CAUSA , DESPIDO POR LLEGAR TARDE , DESPIDO POR PELEAR EN EL TRABAJO , TRÁMITES EN COMISIONES MÉDICAS , VALORACIÓN DE LA FALTA EN EL DESPIDO , EL ABANDONO DE TRABAJO , ACCIDENTES DE TRÁNSITO , TRABAJADORES DE LA CONSTRUCCIÓN , DESPIDO POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE

¿Qué tan útil fue esta publicación?

¡Haz clic en una estrella para calificarla!

Puntuación media 4.4 / 5. Recuento de votos: 76

No hay votos hasta ahora! Sé el primero en calificar esta publicación.

Como encontraste útil esta publicación ...

¡ Seguinos en las redes sociales !

¡Lamentamos que esta publicación no te haya sido útil!

¡Permítanos mejorar esta publicación!

¿Cuéntanos cómo podemos mejorar esta publicación?

error: